91 541 12 13   Calle Jacometrezo 3 - 28013 Madrid   colegio@gestoresmadrid.org

El Colegio de Gestores Administrativos de Madrid propone que los gastos de servicio doméstico se puedan deducir en el IRPF

gestores

El Colegio de Gestores de Madrid indica que deducirse el IRPF del gasto del servicio doméstico podría fomentar la regularización laboral de las personas trabajadoras del hogar y ayudar a luchar contra el fraude fiscal y la economía sumergida, entre otras cosas.

En un reciente estudio del Observatorio de la Gestión Pública del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM), sobre el empleo doméstico, los Gestores Administrativos proponen que para favorecer la contratación regular de las personas trabajadoras del servicio del hogar los gastos en los que incurren las familias se puedan deducir en la cuota íntegra en la declaración del IRPF.

Los efectos que se podrían conseguir son:

  • Aumento de la recaudación con la consiguiente reducción del gasto público
  • Regularización laboral de una actividad productiva
  • Lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida
  • Formalizar la situación de trabajo y residencia de una parte importante del colectivo (extranjeros en situación irregular). Esto no significa que todas las personas que trabajen de forma irregular en el servicio doméstico sean extranjeras.
  • Regularización del régimen de cotizaciones a la Seguridad Social o la tributación de actividades económicas.

Los Gestores Administrativos de Madrid consideran que la creación de un incentivo fiscal fomentaría la regularización en la contratación del servicio doméstico, que a pesar de las últimas modificaciones sigue presentando altos índices de irregularidad.

Tal y como señala el estudio, son varias las Comunidades Autónomas que ya aplican incentivos para la contratación de servicio doméstico, como Andalucía, donde existe una deducción por ayuda doméstica de un 15% de la cotización anual abonado a la Seguridad Social por el personal doméstico, con un límite de 250 euros anuales. Castilla Y León, con una deducción similar, pero el límite se eleva a 300 euros en determinadas circunstancias. Y Galicia, se contemplaba una deducción es del 30% de las cantidades abonadas al personal del hogar que esté al cuidado de un menos de 3 años, con un límite máximo de 400 euros, que se eleva a 600 euros si se tienen dos o más hijos.

En todos los casos, son deducciones en la cuota de IRPF dado que es el mecanismo de ayudar de manera más efectiva a las rentas más bajas.

Según estudios, los trabajadores domésticos comprenden una parte significativa de la fuerza de trabajo global, se considera uno de los grupos más vulnerables y se estima que el 76,2% son mujeres. En el ámbito de la Unión Europea, la Comisión Europea cifra en el 90% el porcentaje de mujeres entre los trabajadores del servicio doméstico. Se estima que el 30% de los trabajadores eran de un país externo a la UE, mientras que un 15% pertenecen a otro país miembro. Cifra entre un 70-80% el volumen de trabajo informal, esto es, no declarado, por lo que los trabajadores no cuentan con la misma cobertura que otros trabajadores del sistema.

Entre los países de la UE con mayor tasa de empleo doméstico regulado encontramos a Francia con un 70%, España con un 65% e Italia con un 45%.

De acuerdo con los datos del informe del OGP del ICOGAM, el personal que se dedica en España al servicio doméstico es mayoritariamente femenino, con casi una tercera parte de economía informal y con una fuerte presencia extranjero, especialmente de fuera de la UE.

El RD Ley 16/2022, aprobado el pasado 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, “tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena, descartando aquellas diferencias que no solo no responden a razones justificadas, sino que además sitúan a este colectivo de personas trabajadores en una situación de desventaja particular y que, por tanto, pueden resultar discriminatorias”.

Entre las principales incorporaciones de la norma, podemos destacar:

  • Cobertura de vacíos de cotización
  • Desaparece la llamada figura del desistimiento, comúnmente conocida como despido libre.
  • Se reconoce el acceso al FOGASA.

En opinión del presidente del ICOGAM, Fernando Jesús Santiago Ollero, “esta legislación acerca la justicia a este colectivo y ahora solo falta que se incentive la desaparición de su contratación irregular. Por ello, pedimos al Gobierno que considere nuestra propuesta, que en cierta medida ya ha sido considerada por algunas Comunidades Autónomas”.

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp