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| 29/06/2012 |
El Colegio fue invitado a participar, el pasado 27 de junio, en una mesa redonda que sobre la Ley de Transparencia Hipotecaria de la Comunidad de Madrid organizó la Dirección General de Consumo. La jornada, que fue inaugurada por la presidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre, contó con la presencia de representantes de la CECA, el Banco de España, asociaciones de Consumidores y asociaciones profesionales.
El vicepresidente del Colegio, Julio Gómez Corredor, representó al Colegio en esta Jornada, con una intervención sobre el papel de los gestores en el ámbito hipotecario. Lea el texto íntegro:
PONENCIA 27 DE JUNIO DE 2012
LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS. LA LEY DE TRANSPARENCIA HIPOTECARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1.- BUENOS DIAS. DISTINGUIDAS AUTORIDADES, SEÑORAS Y SEÑORES. QUIERO AGRADECER A LA DIRECCION GENERAL DE CONSUMO Y EN PARTICULAR A SU DIRECTORA Dª CARMEN MARTINEZ DE SOLA, SU INVITACION A PARTICIPAR EN ESTA JORNADA SOBRE LA LEY DE TRANSPARENCIA HIPOTECARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Los gestores administrativos, como todos Vds saben, somos los profesionales especializados en el asesoramiento fiscal y en la gestión administrativa de todo tipo de expedientes en materia de Escrituras. Asesoramos a los intervinientes de las obligaciones fiscales, liquidamos los correspondientes impuestos y gastos, y garantizamos la inscripción de las escrituras públicas en el Registro de la Propiedad, en beneficio de la entidad financiera y del consumidor.
Como intervinientes principales en estos trámites, los gestores administrativos consideramos que la nueva Ley 1/2012 de 26 DE MARZO PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES MEDIANTE EL FOMENTO DE LA TRANSPARENCIA EN LA CONTRATACION HIPOTECARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, es positiva y da un paso más en la protección de los mismos, habida cuenta de que para la mayor parte de los consumidores y usuarios, la adquisición de vivienda con un préstamo hipotecario constituye uno de los contratos más importantes y transcendentes en su vida.
Entendemos que esta ley viene a completar lo dispuesto en la ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA de 28 de octubre de 2011, de TRANSPARENCIA Y PROTECCION DEL CLIENTE DE SERVICIOS BANCARIOS, en tanto que en el mismo preámbulo, y como ya se ha dicho, se establece que la finalidad es garantizar en el ámbito de las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de consumo, la transparencia de la información que las entidades de crédito y empresas deben facilitar al consumidor en la contratación referida a créditos y préstamos con garantía hipotecaria de manera que los consumidores dispongan de la información necesaria para la correcta comprensión de los elementos esenciales y de las implicaciones financieras del contrato. Un consumidor debidamente informado podrá comparar entre las diferentes ofertas, reforzándose su libertad de elección.
El Colegio de Gestores Administrativos de Madrid tiene entre sus fines la ordenación del ejercicio profesional protegiendo a la vez los intereses de los consumidores y usuarios.
Para favorecer esa libertad de elección del consumidor, disponemos de la VENTANILLA UNICA, para que cualquier usuario pueda de modo presencial o telemático, acceder a todos los gestores administrativos de Madrid, consultar cuales son los trámites y costes aproximados de una compraventa de vivienda, de un préstamo hipotecario, de una cancelación de hipoteca, etc. También se pueden presentar cualquier queja o reclamación que el consumidor considere oportuna, con todas las garantías que establece el Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo, dirigiendose a nuestra Comisión de Atención al Ciudadano.
Además, y para mayor abundamiento de la seguridad y garantía que ofrece la labor profesional de los gestores administrativos, desde el Colegio se tiene suscrita una póliza de Responsabilidad Civil que cubre cualquier contingencia hasta un máximo de 1.200.000 euros, por colegiado y expediente. Quiere esto decir que cualquier ciudadano que acude a un gestor colegiado, ya sea directamente, ya sea a través de su banco, tiene la total seguridad de estar ampliamente cubierto si se produjese algún error que le ocasione un perjuicio. No obstante, a pesar de que todos los años se realizan por parte de los gestores administrativos miles de operaciones hipotecarias, son casi inexistentes los expedientes que se tramitan contra la compañía de seguros por parte de los ciudadanos en este sentido.
Es importante recordar que, de conformidad con la normativa que hemos mencionado anteriormente, se establece que las entidades financieras a la hora de elaborar la FICHA DE INFORMACION PRECONTRACTUAL DEL PRESTAMO, en cuanto a las vinculaciones y gastos preparatorios de la operación de préstamo cuya finalidad sea la adquisición de vivienda, deberán hacer constar el derecho que asiste al cliente para designar, de mutuo acuerdo con la entidad de crédito, la persona o empresa que vaya a llevar a cabo la tasación del inmueble, la que se vaya a encargar de la gestión administrativa (gestoría), así como la compañía aseguradora que en su caso vaya a cubrir las contingencias que se exijan para la formalización del préstamo.
Esto significa que el cliente puede y debe exigir que el tasador del inmueble, el gestor administrativo y la aseguradora sean de su confianza, aunque lo cierto es que las entidades bancarias son, por lo general, reacias a negociar estos puntos con los clientes, pues suelen contar con la confianza de determinadas empresas especializadas en materia hipotecaria y de escrituras, así como con sus propias entidades aseguradoras.
Desde luego, en el caso de los gestores administrativos, recomendamos encarecidamente a todos los consumidores que exijan que el gestor que vaya a tramitar la escritura de su vivienda sea un profesional colegiado o una sociedad inscrita en un colegio profesional de gestores, porque este extremo les garantiza estar protegidos en caso de cualquier contingencia que pudiera presentarse.
En este sentido, debemos resaltar que el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, confía desde el año 2007 en los gestores administrativos para tramitar las escrituras de las viviendas de protección pública, mediante el convenio suscrito a tal efecto.
Por ello, y para concluir, entendemos que la nueva ley se convierte en una buena herramienta para asegurar un proceso transparente en el que el consumidor, asesorado adecuadamente, tenga en sus manos toda la información necesaria para acceder a las mejores condiciones del préstamo hipotecario y para evitar futuras sorpresas desagradables por desconocimiento de las obligaciones a las que se ha comprometido.
Muchas gracias por su atención.